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Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias o con la Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Huelva



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónicaNivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Nivel de Modernización 4. Tramitación electrónica

Información
Materia Contratación, Subvenciones y Haciendas Locales.
Periodicidad Continuo.
Tipo de tramitación Procedimiento.
Tipología de la tramitación Externo específico.
Descripción Mediante este procedimiento se solicita al Ayuntamiento de Huelva que certifique que la persona física o jurídica solicitante se encuentra al corriente de pagos de todas aquellas obligaciones fiscales de competencia local, en los que el ente pueda acreditar que no tiene deuda pendiente con la administración local.
Destinatarios/as Ciudadanía, empresas y Administraciones.
Forma de inicio Instancia de parte o de oficio.
Sujeto Persona física o jurídica, o su representante legal.
Las personas obligadas conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, deberán realizarlo a través de medios electrónicos en todo caso.
Plazo de presentación A lo largo del año en cualquier momento.
Canales de realización Electrónico o presencial.
Lugar y forma de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
Tributos Servicio gratuito.
Organismo responsable Administración local.
Centro directivo Ayuntamiento de Huelva.
Departamento Recaudación municipal.
Órgano que resuelve Certificación del órgano de Recaudación.
Plazo máximo de resolución y notificación Seis meses.
Efectos del silencio administrativo Positivo.
Práctica de notificaciones Las notificaciones de las peticiones realizadas a través de medios electrónicos se remitirán al buzón de notificaciones situado en la sede electrónica.
En el caso de no dar la autorización y dado que es un proceso dirigido a personas físicas se realizará a través de carta postal.
Información adicional El certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias, tiene como ámbito objetivo las obligaciones derivadas de impuestos, tasas, contribuciones especiales y sanciones tributarias, es decir, únicamente ingresos de carácter tributario, y se expedirá positivo si el interesado no aparece con deudas de esta naturaleza en periodo ejecutivo. Requerido para los procedimientos de contratación y/o ser beneficiario de subvenciones con el Ayuntamiento de Huelva.

El certificado de estar al corriente con la Hacienda Municipal tiene como ámbito objetivo las obligaciones fiscales derivadas de todo ingreso de derecho público de titularidad municipal, tanto las de carácter tributario como no tributario, y se expedirá positivo si el interesado no aparece con deudas de esa naturaleza en periodo ejecutivo. Requerido para ser beneficiario de bonificaciones o exenciones fiscales del Ayuntamiento de Huelva y para el cobro de subvenciones.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: presencial o a través de formulario web. Obligatorio Ambas
Documento de representación: en su caso. Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
RD 2/2004 Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
RD 1065/2007 Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
L 58/2003 Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
L 38/2003 Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
L 7/1985 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
L 39/2015 ­Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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