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Ejercicio de derechos sobre protección de datos de carácter personal



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Materia Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración.
Periodicidad Continuo.
Tipo de tramitación Procedimiento.
Tipología de la tramitación Externo común.
Descripción Derecho fundamental de toda persona física que la faculta para disponer y controlar sus datos de carácter personal, pudiendo decidir cuáles proporcionar a terceros, así como conocer quién posee esos datos y para qué, y oponerse a esa posesión o tratamiento.

Conforme a la normativa de protección de datos de carácter personal puede ejercer ante el Ayuntamiento Huelva sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión ("derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas.

Si las solicitudes son manifiestamente infundadas o excesivas (p. ej., carácter repetitivo) el Ayuntamiento podrá:
- Cobrar un canon proporcional a los costes administrativos soportados
- Negarse a actuar siempre de forma motivada
Destinatarios/as Ciudadanía
Forma de inicio Instancia de parte.
Sujeto Persona física.
Plazo de presentación Continuo. A lo largo del año en cualquier momento.
Canales de realización Electrónico y presencial.
Lugar y forma de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
Tributos Se trata de un trámite gratuito, salvo en el caso de que las solicitudes sean manifiestamente infundadas o excesivas, en cuyo caso se podrá o bien cobrar un canon proporcional a los costes soportados o no atender la solicitud justificándolo convenientemente.
Organismo responsable Local.
Centro directivo Ayuntamiento de Huelva.
Departamento Servicios Jurídicos.
Órgano que resuelve Alcaldía.
Plazo máximo de resolución y notificación El plazo de notificación será de un mes salvo que, por la complejidad y número de solicitudes, se puede prorrogar el plazo otros dos meses más.
Respecto al canal o forma de la notificación se atenderá a lo solicitado por la persona interesada en cada caso.
Efectos del silencio administrativo Negativo.

Cuando se ejercitan estos derechos, el Ayuntamiento debe responder en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Dicho plazo podrá prorrogarse otros dos meses en caso necesario, teniendo en cuenta la complejidad y el número de solicitudes. Si se prorrogase, el responsable informará al afectado de dichas prórrogas en el plazo de un mes a partir de la recepción de la solicitud, indicando los motivos de la dilación.
Resolución Pone fin a la vía Administrativa.
Recursos posibles Se informa que se podrá presentar una reclamación ante la Autoridad de control en materia de protección de datos, especialmente cuando no haya obtenido la satisfacción en el ejercicio de sus derechos.

La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad de control independiente que vela por el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos y garantiza y tutela el derecho fundamental a la protección de datos personales.
Web de la Agencia
Práctica de notificaciones A través del medio indicado.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Solicitud a través de formulario web/o presencial.
Se podrá descargar el formulario de la solicitud desde la sede electrónica u obtenerse en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento.
Se admitirán las solicitudes mediante el formulario general, siempre que cuenten con los datos o requisitos básicos. En caso de necesidad se podrá hacer un requerimiento para completar la información necesaria para iniciar el expediente.
Opcional Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 39/2015 ­Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
LO 4/2001 Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
REG 2016/679 REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
LO 3/2018 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
OTR ­Aquella otra aplicable al supuesto.

Tramitación presencial
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Tramitación telemática
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