07/12/2023 19:01:08

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Solicitud de certificado de empadronamiento colectivo



Nivel de Modernización 1. InformaciónNivel de Modernización 2. Descarga de formulariosNivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Nivel de Modernización 3. Iniciación electrónica

Información
Materia Relaciones del ciudadano, empresa o empleado público con la Administración.
Ciudadanía y Nacionalidad.
Periodicidad Continuo.
Descripción Mediante este trámite se permite la solicitud del certificado de empadronamiento colectivo, en el que se refleje las personas que figuran inscritas en el mismo domicilio de la persona solicitante.
Destinatarios/as Ciudadanía.
Forma de inicio Instancia de parte.
Sujeto Personas físicas o su representante legal empadronadas en el Ayuntamiento de Huelva.
Plazo de presentación A lo largo del año en cualquier momento.
Canales de realización Electrónico o presencial.
Lugar y forma de presentación - En el registro electrónico del Ayuntamiento, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
- Presencialmente, cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de Registro.
Tributos Servicio gratuito.
Organismo responsable Administración Local.
Centro directivo Ayuntamiento de Huelva.
Departamento Estadística - Padrón de habitantes.
Unidad tramitadora Estadística - Padrón de habitantes.
Práctica de notificaciones Las notificaciones de las peticiones realizadas a través de medios electrónicos se remitirán al buzón de notificaciones situado en la sede electrónica.
Menú Carpeta Ciudadana - Mi buzón de notificaciones
En el caso de presencial se darán en mano y en formato físico.
Observaciones El procedimiento actual no se trata de un procedimiento automático debido a la normativa vigente en materia de protección de datos.

Documentación que se debe presentar
Tipo Presentación
Solicitud: Presencial o a través de formulario web. Obligatorio Ambas
Documentos identificativos: De las personas convivientes. Obligatorio Ambas
Representación de menores de edad: Mediante libro de familia hasta los 14 años y documento de identidad a partir de esta edad.
En caso de separación o divorcio, se acreditará la representación mediante la correspondiente Resolución Judicial.
Opcional Ambas
Consentimiento padrón colectivo (según modelo anexo a la información del procedimiento): Para el resto de adultos convivientes.
L@s ciudadan@s empadronad@s con anterioridad a la fecha 27 de junio de 2023 deberán aportar el documento "Consentimiento padrón colectivo" cumplimentado y firmado.
Obligatorio Ambas

Leyenda
Tipo Obligatorio Obligatorio Opcional Opcional
Presentación Ambas Ambas Presencial Presencial Telemática Telemática
Normativa
L 4/1996 Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón municipal.
RD 2612/1996 Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
RES 29 abril 2020 Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
RD 417/2006 Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
L 39/2015 ­Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
L 40/2015 Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
OTR ­Aquella otra aplicable al supuesto.

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